IVA y RG 90
Cada mes: declaración del IVA en el Formulario 120 (10% y 5%) y registro de comprobantes de la RG 90 en el Marangatu.
Contador en Ciudad del Este para empresas de extranjeros y emprendedores de la región: mantenemos al día el IVA y la RG 90, el IRE, el IDU, la factura electrónica (SIFEN), el IPS y el MTESS.
Respuesta rápida
Una empresa en Paraguay (EAS, SRL o S.A.) declara IVA y RG 90 todos los meses, presenta una vez al año el IRE del 10% y los estados financieros, retiene el IDU del 8% o del 15% al distribuir utilidades y, si tiene empleados, aporta al IPS un 9% + 16,5% y cumple las obligaciones del MTESS. La contabilidad mensual de EC cubre todo eso, con presupuesto por escrito.
Cada mes: declaración del IVA en el Formulario 120 (10% y 5%) y registro de comprobantes de la RG 90 en el Marangatu.
Cierre anual del IRE del 10%, con las notas sobre el destino de las utilidades que exige la RG DNIT 49/2026.
Retención del IDU del 8% (socio residente) o del 15% (no residente) cuando la empresa distribuye utilidades.
Toda empresa nueva solo emite documentos electrónicos; para las antiguas, verificamos el grupo de la RG DNIT 52/2026.
Inscripción en el IPS y en el REOP del MTESS, aportes del 9% + 16,5% y confirmación anual de los Libros de Información Laboral.
Avisos anticipados de cada vencimiento en Paraguay, incluido el plazo para pedir la residencia permanente.
Verificamos tipo societario, actividad, empleados y régimen (IRE general, IRE SIMPLE o RESIMPLE) para armar su calendario.
Organizamos el acceso a los sistemas de la DNIT y acordamos cómo nos envía facturas, extractos y planillas cada mes.
Registramos los comprobantes (RG 90), liquidamos y declaramos el IVA (Formulario 120) y, si hay empleados, el IPS y las comunicaciones al MTESS.
Preparamos los estados financieros, con las notas que exige la RG DNIT 49/2026, la declaración del IRE y la confirmación de los Libros de Información Laboral.
Calculamos la retención del IDU y le entregamos los comprobantes que le pedirá su contador en su país de residencia.
Una empresa paraguaya declara IVA y RG 90 todos los meses y, una vez al año, presenta el IRE con los estados financieros. Si tiene empleados, aporta al IPS cada mes y cumple la obligación anual del MTESS; al distribuir utilidades, retiene el IDU. Las tasas surgen de la Ley 6380/2019.
| Obligación | Qué es | Tasa o regla | Cuándo |
|---|---|---|---|
| IVA | Impuesto al valor agregado | 10% general; 5% en canasta básica, inmuebles y algunos otros rubros | Mensual (Formulario 120) |
| RG 90 | Registro electrónico de los comprobantes de ventas, compras, ingresos y egresos en el Marangatu | Obligatorio para contribuyentes de IVA | Mensual, con el vencimiento del IVA |
| IRE | Impuesto a la renta empresarial | 10% sobre la renta neta | Anual |
| EEFF — estados financieros | Balance y notas, con el destino de las utilidades | RG DNIT 49/2026 | Anual, con el IRE |
| IDU | Impuesto a los dividendos y las utilidades | 8% (socio residente) o 15% (no residente) | Al distribuir utilidades |
| IRP | Impuesto a la renta personal (servicios personales) | Del 8% al 10%, por tramos progresivos de renta neta | Anual |
| IPS | Seguridad social | 9% del trabajador + 16,5% del empleador (comercial) | Mensual, si hay empleados |
| MTESS | Libros de Información Laboral y REOP | Confirmar los libros hasta el último día hábil de marzo del año siguiente | Anual, si hay empleados |
Tasas de la Ley 6380/2019 (IRE, art. 21; IDU, art. 43; IRP, art. 69) y del IPS; RG 90: DNIT — registro de comprobantes; MTESS: Res. MTESS 462/2026, art. 6. Verificado al 26/09/2026. Los tramos del IRP pueden actualizarse por el IPC (art. 139).
Novedad de 2026: la RG DNIT 49/2026 exige que los contribuyentes obligados a presentar estados financieros incluyan en las notas información detallada sobre la composición y el destino de las utilidades, incluidas las reservas. Las utilidades que van a reservas solo pagan IDU cuando se distribuyen, y eso debe quedar claro en el balance.
El IRE es principalmente territorial, pero el art. 6 de la Ley 6380 considera de fuente paraguaya, para empresas residentes, los intereses, dividendos y diferencias de cambio del exterior. Más detalle en la guía de impuestos en Paraguay.
Si la empresa es nueva, sí. Desde el 01/04/2025, toda persona jurídica inscrita en el RUC solo puede emitir documentos electrónicos, y la DNIT no concede timbrado en papel (RG DNIT 21/2024, art. 9). Los contribuyentes antiguos se incorporan según el cronograma de la RG DNIT 52/2026, en 6 grupos con inicio entre el 01/06/2026 y el 01/09/2027. Verificamos la situación de su empresa.
| Situación | Cómo emite | Base |
|---|---|---|
| Persona jurídica inscrita en el RUC desde el 01/04/2025 (toda EAS, SRL o S.A. nueva) | Solo documentos electrónicos, desde el inicio | RG DNIT 21/2024, art. 9 |
| Contribuyente antiguo designado en un grupo | Factura electrónica obligatoria desde la fecha de su grupo | RG DNIT 52/2026 |
| Contribuyente antiguo aún no designado | Timbrado de la DNIT o factura electrónica | Hasta que lo designen |
Hay dos formas de emitir por el SIFEN: e-Kuatia, para medianas y grandes empresas que integran su propio sistema, y e-Kuatia'i, solución gratuita de la DNIT para pequeños contribuyentes con un establecimiento y un punto de expedición.
Más información en la página de factura electrónica de la DNIT. Verificado al 26/09/2026.
Atención: la fecha de inicio es obligatoria. Prepare el sistema de facturación antes de empezar a facturar, no después.
Con salario mínimo (Gs 3.044.000 desde el 01/07/2026), la empresa paga el salario, más el 16,5% de aporte patronal al IPS (entidad comercial) y el aguinaldo: 1/12 de lo percibido en el año, sin aporte al IPS, pagado hasta el 31 de diciembre. En la cuenta mensual, el costo queda en cerca del 124,8% del salario. Al trabajador se le descuenta el 9% para el IPS.
| Concepto | Regla mensual |
|---|---|
| Salario mínimo (desde el 01/07/2026) | Gs 3.044.000 |
| Aporte del trabajador al IPS | 9%, se descuenta del salario |
| Aporte del empleador al IPS (entidad comercial) | 16,5% sobre el salario |
| Aguinaldo | 1/12 del salario, ≈ Gs 253.667 con el salario mínimo; sin IPS; se paga hasta el 31/12 |
| Costo mensual para la empresa | ≈ 124,8% del salario (salario + 16,5% + 1/12) |
Salario mínimo del Decreto 6225/2026 y la Res. MTESS 670/2026 (MTESS); aguinaldo según el Código del Trabajo, art. 243 (MTESS), proporcional si el empleado trabajó menos de 12 meses. Verificado al 26/09/2026.
Antes de contratar, la empresa se inscribe en el IPS y en el REOP del MTESS; luego comunica altas y bajas dentro de los 30 días hábiles, informa la liquidación de salarios cada mes y confirma una vez al año los Libros de Información Laboral.
Depende del tipo y de la facturación. El IRE SIMPLE es para unipersonales y entidades residuales con ingresos por debajo del tope legal, y excluye a la S.A. y la SRL. El RESIMPLE es para unipersonales de menor facturación, con cuota mensual fija y sin IVA. En la EAS, la opción por el IRE SIMPLE debe confirmarse en su caso.
| Régimen | Para quién | Tope de ingresos | Cómo funciona |
|---|---|---|---|
| IRE general | Empresas en general (EAS, SRL, S.A.) | Sin tope | 10% sobre la renta neta |
| IRE SIMPLE | Unipersonales y entidades residuales; excluye S.A. y SRL | Fijado en la Ley 6380/2019 | Régimen simplificado del IRE |
| RESIMPLE | Unipersonales | Más bajo, fijado en la misma ley | Cuota mensual fija, sin IVA |
Topes y cuotas de la Ley 6380/2019 (arts. 26 y 27), actualizables por el IPC (art. 139); confirmamos el valor vigente en su caso. Consulta del 26/09/2026 en la página de la DNIT sobre IRE y RESIMPLE.
Importante: la empresa unipersonal (persona física con RUC) exige cédula paraguaya, porque el extranjero solo puede inscribirse en el RUC con cédula.
El ritmo básico es IVA y RG 90 todos los meses, el IPS con cada planilla mensual, el IRE y los estados financieros una vez al año y los Libros de Información Laboral del MTESS hasta el último día hábil de marzo. A eso se suman el IDU cuando se distribuyen utilidades, el aguinaldo en diciembre y, para el dueño extranjero, los vencimientos migratorios.
| Obligación | Cuándo | Quién se ocupa |
|---|---|---|
| IVA (Formulario 120) y RG 90 | Todos los meses, según la terminación del RUC | EC, en el servicio mensual |
| IPS | Todos los meses, con la planilla de sueldos | EC, en el servicio mensual |
| IRE y estados financieros | Una vez al año, según el calendario de la DNIT | EC, en el servicio mensual |
| MTESS: Libros de Información Laboral | Hasta el último día hábil de marzo del año siguiente | EC, en el servicio mensual |
| Aguinaldo | Hasta el 31 de diciembre | La empresa lo paga; EC lo calcula |
| IDU | Cuando la empresa distribuye utilidades | EC, en el servicio mensual |
| Factura electrónica | Empresa nueva: desde el inicio; antigua: fecha de su grupo en la RG DNIT 52/2026 | EC, en el servicio mensual |
| Residencia temporaria a permanente | Desde 90 días antes del vencimiento del carnet temporario | Usted, con el servicio de residencia y cédula |
| Impuestos en su país de residencia fiscal | Según la ley de ese país | Su contador local |
Calendario revisado al 26/09/2026. Los vencimientos exactos de cada mes los fija la DNIT; se los avisamos con anticipación.
No. EC lleva la contabilidad y los impuestos de la empresa en Paraguay; lo que usted deba declarar en su país de residencia fiscal lo prepara un contador habilitado allí. Lo que hacemos es entregarle, en cada cierre, los documentos que va a necesitar: balance, IRE pagado y distribuciones con el IDU retenido.
Qué conviene revisar con su contador local:
Importante: EC no asesora sobre la tributación de otros países. Nuestra tarea es que la parte paraguaya esté al día y documentada.
Depende del caso: del régimen, del volumen de comprobantes, de la cantidad de empleados y de si la empresa distribuye utilidades. Le enviamos un presupuesto por escrito según el caso, con lo que incluye el servicio mensual. Los impuestos y aportes que se pagan a la DNIT y al IPS no forman parte de los honorarios: los paga la empresa.
IRE del 10% sobre la renta neta, IVA del 10% (5% en algunos rubros) que se declara todos los meses con la RG 90 y, al distribuir utilidades, IDU del 8% (socio residente) o del 15% (no residente), según la Ley 6380/2019. Si hay empleados, se suma el IPS. Vea la guía de impuestos en Paraguay.
El Formulario 120 es la declaración mensual del IVA ante la DNIT. La RG 90 es el registro electrónico, en el Marangatu, de los comprobantes de ventas, compras, ingresos y egresos, que se hace cada mes junto con el IVA. En el servicio de contabilidad nos ocupamos de ambos.
Si es nueva, sí. Desde el 01/04/2025, toda persona jurídica inscrita en el RUC solo puede emitir documentos electrónicos (e-Kuatia o e-Kuatia'i), sin timbrado en papel (RG DNIT 21/2024, art. 9); eso incluye a toda EAS, SRL o S.A. nueva. Los contribuyentes antiguos siguen el cronograma de la RG DNIT 52/2026, con grupos entre el 01/06/2026 y el 01/09/2027.
Con salario mínimo (Gs 3.044.000 desde el 01/07/2026), la empresa suma el 16,5% de aporte patronal al IPS y el aguinaldo (1/12 del salario, sin IPS, pagado hasta el 31/12): cerca del 124,8% del salario por mes. El trabajador aporta el 9% al IPS.
Inscribirse en el REOP y actualizar los datos patronales entre el 1 de enero y el 31 de marzo, comunicar altas y bajas dentro de los 30 días hábiles, informar la liquidación de salarios cada mes y confirmar los Libros de Información Laboral hasta el último día hábil de marzo del año siguiente (Res. MTESS 462/2026). El incumplimiento tiene multa.
No necesariamente. El IDU es del 8% para el socio residente y del 15% para el no residente (Ley 6380, art. 43). Para la DNIT, la persona física es residente fiscal cuando tiene residencia permanente (Decreto 3181/19, art. 2); la cédula por sí sola no lo define.
Depende de la ley de su país y de si existe un convenio para evitar la doble imposición con Paraguay; la DNIT publica la lista de convenios. Valídelo con un contador de su país antes de distribuir utilidades.
Es un régimen para empresas unipersonales de menor facturación, con un tope de ingresos y una cuota mensual fija fijados en la Ley 6380/2019 (actualizables por el IPC), sin IVA. No aplica a sociedades como la SRL o la S.A.
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